El problema no es que el fallo absolutorio sea recurrible sino el establecimiento de vías impugnativas adecuadas contra la condena de la alzada.
Personalmente, me parece que el sistema de recurso horizontal ante la siguiente sala de la misma Cámara de condena es suficiente para garantizar esa doble instancia amplia. El TSJ de la CABA creó proterianamente este recurso y después se incorporó en el CPPCABA aportando una solución sumamente interesante. (Lástima lo breve del plazo para su interposición).
Por: Pablo Daniel Moyano Ilundain
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